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CHAVIMOCHIC Y LA IMPOSIBILIDAD LEGAL DE JOSE MURGUIA DE POSTULAR A SU REELECCION

Para todos los Liberteños, fue una alegría el 03 de Agosto del año 2003 cuando se publico en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo 017 – 2003 – VIVIENDA, que Transfería el Proyecto Especial Chavimochic al Gobierno Regional de La Libertad, sin embargo dicha Transferencia, exigía la conformación de un Consejo Directivo, el Art. 6 de tal Decreto Supremo indica, que el máximo organismo del Proyecto Chavimochic sería el Consejo Directivo, para lo cual se tendría 03 representantes del Gobierno Regional, 01 representante del INADE, 01 representante del Ministerio de Agricultura, 01 representante de las Juntas de Riego, 01 representante de los Empresarios Agroindustriales, 01 representante del Consejo de Coordinación Regional, y 01 representante de los Alcaldes Provinciales, es decir 09 integrantes que son designados, en tal sentido; el Gobierno Regional de La Libertad hizo la designación respectiva, y; por Resolución Ejecutiva Regional 007-2007-GR-LL/PRE del 05 de Enero del año 2007, se designa al Ing. José Murguía Zannier, como integrante del Consejo Directivo y Presidente del mismo, por tal el señor José Murguía, ostenta 02 cargos el Primero: por Elección Popular, como Presidente Regional, y el segundo; por Designación: como Presidente del Consejo Directivo de Chavimochic, a la fecha y de manera oficial por la pagina web http://www.chavimochic.gob.pe/portal/wfrmConsejoDirectivo.aspx , el Ing. José Murguía Zannier continua ostentando el cargo por designación como Presidente del Consejo Directivo de Chavimochic, en tal sentido la Ley de Elecciones Regionales N: 27683 indica lo siguiente en su Artículo 14° inciso 3 acápite i) sobre Impedimentos para postular : No pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los siguientes ciudadanos, Salvo que renuncien de manera irrevocable ciento ochenta (180) días antes de la fecha de elecciones, Los titulares y miembros directivos de las empresas del Estado. Como ven José Murguía es directivo de una Empresa del Estado, Chavimochic, y lo es por su propia designación, de tal forma que el Jurado Nacional de Elecciones en estricta aplicación de la Ley de Elecciones Regionales, deberá desechar la candidatura de presentarse del ciudadano José Murguía Zannier por no haber presentado su renuncia en el Plazo de Ley, 180 días antes de las elecciones, es decir el plazo venció el 03 de Abril del año 2010, el fin de la era Murguía en Elecciones Regionales y Municipales 2010, ha llegado; no sabemos si por decisión propia o por negligencia de sus Asesores Legales que no le advirtieron de esto, a pesar que existía un Informe de Contraloría desde el año 2006 que observaba sobre el desempeño de los 02 cargos, y que al parecer no le comunicaron, hecho que hoy significa legalmente la imposibilidad de presentarse a una Reelección, de verdad una lástima; que un personaje con una gran trayectoria pública, sea sometido a una negligencia irreversible, pero al final como diría mi Maestro Carlos Castañeda Cubas: DURA LEX, SED LEX, Dura es la Ley, pero es la Ley.

Greco Quiroz Díaz
grecoquiroz@gmail.com . Abogado – Ex – integrante del Consejo Directivo de Chavimochic.


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