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Noticiero

Lunes a Viernes 12:00m - 2:00pm.

SE VEIA VENIR JNE DECLARO INFUNDADA TACHA CONTRA JOSE MURGIA







Repitiendo los argumentos del JEE de Trujillo, y cuando la Prensa esta avocada a la Tacha Fundada de Kouri se publica el día de Hoy 24 a las 08:55, la Resolucion 1307-2010-JNE, de una sola página de argumentacion, donde el pleno del JNE señala que el Proyecto Chavimochic es un órgano desconcentrado, dependiente del Gobierno Regional de La Libertad, más no un organismo descentralizado. Por consiguiente, José Humberto Murgia Zannier, en su calidad de presidente del Consejo Directivo del Proyecto Especial de Chavimochic, no tenía la obligación de renunciar a dicho proyecto, y agrega cuando dicho candidato ha presentado conjuntamente con la solicitud de inscripción de candidatos, la solicitud de licencia sin goce de haber a su cargo de Presidente de la región La Libertad, dicha solicitud de licencia debe hacerse extensiva a sus funciones que viene desempeñando en los diferentes órganos desconcentrados del consejo regional que preside (Murgia no Preside el Consejo Regional-Craso Error del JNE). Por lo que no tuvo la obligación de renunciar en su cargo de presidente del Consejo Directivo del Proyecto Especial Chavimochic. Reconoce el JNE que si bien no se estableció la obligación de que entre los representantes del gobierno regional se designe al Presidente Regional de La Libertad, ni que presida el Consejo Directivo en el Proyecto Especial Chavimochic; sin embargo, conforme se ha expuesto dicho presidente regional en la solicitud de licencia sin goce de haber, ante el Consejo Regional de La Libertad, ha producido una suspensión perfecta que en términos laborales constituye una desvinculación total en los servicios que José Humberto Murgia Zannier prestaba al Consejo Regional de La Libertad y, subsecuentemente al Consejo Directivo del proyecto mencionado, así como suspensión de sus haberes. En consecuencia, al no existir obligación de renuncia del citado candidato a su cargo de Presidente del Consejo Directivo en el Proyecto Especial Chavimochic, razón por la cual declaran Infundada nuestra Tacha, Resolucion que rechazamos juridicamente, pero que democraticamente respetamos, y no la compartimos, porque en el Gobierno Regional el señor Murgia no tiene Contrato Laboral (el tiene un cargo de eleccion no contrato laboral), por tal; no puede existir suspension perfecta de labores, todo acto en la Region se produce por Resoluciones, no se ha pronunciado además el JNE sobre la personería Jurídica de Chavimochic, que vende terrenos y firma Contratos y Escrituras Públicas de Compra Venta, y no ha dicho nada sobre el cobro de Dietas del Candidato Murgia, grandes vacíos en una Resolucion de 02 páginas que a decir de nuestra Constitucion es inapelable, y por tal, serán las Urnas que a mi criterio es el máximo Tribunal donde la Tacha será Fundada, y no dejaré de expresar las irregularidades o hechos extraños en la presente Tacha, que la dejo ha evaluacion de la Poblacion, como la presencia de Jorge del Castillo Galvez el día de la Audiencia en Lima y la total Reserva de la Audiencia donde no se permitio prensa alguna, a diferencia de la Tacha a Kouri donde los periodistas no dejaban ni hablar a los abogados de las partes, en fin; solo Dios y el Pueblo, sabrán al final quién tenía la Razon.


Recordemos las palabras del Decano del CAL