FUERA DE CARRERA: JNE DISPONE EN ULTIMA Y DEFINITIVA INSTANCIA QUE NO PROCEDE INSCRIPCION DE LISTA DE SI CUMPLE EN CASA GRANDE
Hoy mediante Resolucion 1801-2010-JNE, en ultima y definitiva instancia el Jurado Nacional de Elecciones, considerando que la organización política apelante (Si Cumple), no ha presentado documento alguno que justifique o acredite el respeto al procedimiento estatutario de elecciones internas, así como la designación del Comité Electoral Descentralizado del distrito de Casa Grande, en atención a la función fiscalizadora de este Jurado Nacional de Elecciones, como consecuencia de la ausencia de respuesta por parte de la organización política Si Cumple, frente a la falta de acreditación de la competencia del órgano electoral descentralizado, lo cual conlleva, en último término, la contravención de la normativa referente a la democracia interna, sin que hasta el momento el referido partido político revierta dicha situación de irregularidad.
Frente a tal situación, este Pleno no puede convalidar la irregularidad no subsanada respecto de la falta de acreditación del mecanismo de designación del Comité Electoral Descentralizado, como el órgano encargado de llevar a cabo las elecciones internas del referido partido político.
Por consiguiente, pese a que la tacha fue presentada contra el candidato a alcalde, la inscripción de la lista implicaría que este Colegiado avale la irregularidad antes descrita, por lo que, en ejercicio de su función de fiscalización, debe declararse la improcedencia de todos los candidatos que componen la lista del citado partido político para el distrito de Casa Grande.
Por tanto, corresponde revocar la resolución venida en grado, a fin de declarar improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada por la organización política (SI CUMPLE), en aplicación de lo estipulado en el tercer párrafo del artículo 13, numeral 13.1, del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.
Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE : Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el partido político “Agrupación Independiente Sí Cumple”, REVOCAR la Resolución N° 0003 de fecha 6 de agosto de 2010, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, que declaró fundada la tacha interpuesta por Ivars Edgardo Grados Mostacero contra Ricardo Vásquez Cerquín, candidato a alcalde al Concejo Distrital de Casa Grande, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; y REFORMÁNDOLA declarar la improcedencia de la inscripción de la lista de candidatos del referido partido político al Concejo Distrital de Casa Grande, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, para participar en las Elecciones Municipales 2010.
EPILOGO: Cronica de una Tacha anunciada, aqui termina la Historia, y veremos que sucederá en un proceso electoral Distrital, que se calienta ante la ausencia del Alcalde que pretendía la reeleccion a donde irán a calar los votos que tenía Ricardo Vasquez, lo sabremos los proximos días.
Frente a tal situación, este Pleno no puede convalidar la irregularidad no subsanada respecto de la falta de acreditación del mecanismo de designación del Comité Electoral Descentralizado, como el órgano encargado de llevar a cabo las elecciones internas del referido partido político.
Por consiguiente, pese a que la tacha fue presentada contra el candidato a alcalde, la inscripción de la lista implicaría que este Colegiado avale la irregularidad antes descrita, por lo que, en ejercicio de su función de fiscalización, debe declararse la improcedencia de todos los candidatos que componen la lista del citado partido político para el distrito de Casa Grande.
Por tanto, corresponde revocar la resolución venida en grado, a fin de declarar improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada por la organización política (SI CUMPLE), en aplicación de lo estipulado en el tercer párrafo del artículo 13, numeral 13.1, del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.
Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE : Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el partido político “Agrupación Independiente Sí Cumple”, REVOCAR la Resolución N° 0003 de fecha 6 de agosto de 2010, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, que declaró fundada la tacha interpuesta por Ivars Edgardo Grados Mostacero contra Ricardo Vásquez Cerquín, candidato a alcalde al Concejo Distrital de Casa Grande, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; y REFORMÁNDOLA declarar la improcedencia de la inscripción de la lista de candidatos del referido partido político al Concejo Distrital de Casa Grande, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, para participar en las Elecciones Municipales 2010.
EPILOGO: Cronica de una Tacha anunciada, aqui termina la Historia, y veremos que sucederá en un proceso electoral Distrital, que se calienta ante la ausencia del Alcalde que pretendía la reeleccion a donde irán a calar los votos que tenía Ricardo Vasquez, lo sabremos los proximos días.
| 9/9/10
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